La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, con asiento en la ciudad de Buenos Aires, en una sentencia, notificada en el mes de Diciembre de 2015, rechazó la demanda iniciada por la multinacional biotecnológica Monsanto en la cual solicitaba el patentamiento de las semillas transgénicas que produce y la declaración de inconstitucionalidad del art. 6 del decreto reglamentario 260/96 que establece que no se considerará materia patentable a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos.
Con ello se abre un nuevo marco de contienda, ya que seguramente muchas organizaciones, asambleas y colectivos que participan en varias campañas contra los proyectos de ley de semillas que procuran establecer el patentamiento que Monsanto busca por el camino judicial, estarán expectantes e interesadas de ser oídas por el máximo tribunal de la Nación.
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